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Código
de Buenas Prácticas (CBP) del Centro
de Estudios "JORGE BASADRE"
1.
Contenido y naturaleza. El Código de Buenas Prácticas (en adelante CBP) es un conjunto de obligaciones que suscribe voluntariamente el CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE, y todos sus socios/as, con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos y valores de la Asociación, de manera que los socios/as y amigos/as que nos su confianza no se vean defraudados/as. 2.
Utilidad · Proporcionar a los representantes del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE las normas de desarrollo de las actividades, responsabilidades, obligaciones y parámetros en los comportamientos y acciones que se adecúen a la naturaleza, objetivos y principios de la Institución. · Que los socios/as y amigos/as del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE tengan la certeza previa de la forma cómo actuaremos en el desarrollo de nuestras actividades. · Que todos los representantes del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE sepamos qué y cómo debemos desarrollar este trabajo representativo y cuáles son los límites de nuestra acción. · Que el CBP sea la herramienta de carácter interno para evaluar y contemplar los correctivos que deban aplicarse, previa evaluación de las causales y con audiencia de las partes afectadas. 3.
Reglas del CBP Las reglas a las que someteremos nuestra actuación son las siguientes: A. Representatividad · Todos los miembros del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE que ostenten representación del mismo, deberán respetar y cumplir con los objetivos, los valores y este Código de Buenas Prácticas bajo responsabilidad de aplicación de los estatutos de la Asociación. B. El compromiso de dar información: · Que recoja de manera clara, sencilla y objetiva, los objetivos, principios y acciones del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE. · Que la información que se proporcione no induzca a error, confusión o engaño. · En el ámbito económico, poner a disposición de todos los socios la información sobre la situación contable del Centro. Asimismo, proporcionar las cuentas anuales de la Asociación. C. El compromiso de subsanación de errores: · Que, en el caso de información defectuosa, errónea o confusa, se subsane por escrito lo más rápidamente posible, en el caso que la información inicial fuera escrita, o mediante una conversación si fuera verbal o vía correo electrónico. C. El compromiso de guardar los documentos remitidos: · Todo documento que se emita en nombre del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE, debe contar necesariamente con una copia en los archivos del Centro; así como la respuesta a dicho documento, si la hubiere. De ser necesario, hacer el seguimiento mediante referencias cruzadas cuando genere acciones consecutivas o distanciadas en el tiempo. C. El compromiso de difusión de nuestras actividades: · Todas las actividades del CENTRO DE ESTUDIOS JORGE BASADRE se difundirán de forma que puedan llegar a conocimiento de toda la comunidad peruana y española que pueda interesarse por el Centro, bien mediante publicaciones periódicas o vía internet. · Se propiciará la difusión de las conclusiones y recomendaciones a las que se arriben en estas actividades, procurando llegar al mayor número de personas e instituciones. F. El compromiso de establecer un calendario mínimo de actividades anuales, así como uno de acciones opcionales para presentar los resultados de nuestros trabajos: · El calendario mínimo de actividades contemplará la realización de, por lo menos, una actividad cada trimestre con participación de invitados especiales o miembros del Centro y relacionados a temas o trabajos y estudios de investigación, gestiones académicas o institucionales, gestión económica-financiera, Memorias, etc., vinculados a temas o situaciones actuales del Perú. El de acciones opcionales, puede estar orientado al dictado de seminarios, mesas redondas, cursos de duración variable, conversatorios con visitantes o personalidades en tránsito. |
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